Cuidado de los hijos, régimen de comunicación y autorizaciones (lo que antes se llamaba tenencia y régimen de visitas). ¿No hay acuerdo sobre con quién viven los chicos o no te dejan verlos? Te acompaño a encontrar una solución que los priorice.
La responsabilidad parental es el conjunto de derechos y deberes de ambos progenitores sobre sus hijos, y no se pierde con la separación. Lo que hay que definir es cómo se organiza la vida de los chicos: con quién viven, cuándo están con el otro progenitor y cómo se toman las decisiones importantes. La regla es el cuidado compartido: los hijos tienen derecho a mantener el vínculo con los dos.
01
Es lo que antes se llamaba "tenencia". La ley prioriza el cuidado compartido, que puede ser alternado (los hijos pasan períodos con cada progenitor) o indistinto (viven principalmente con uno, pero ambos comparten las decisiones y las tareas de crianza). El cuidado a cargo de un solo progenitor es la excepción, y se justifica cuando así lo exige el interés de los chicos.
02
Es lo que antes se llamaba "régimen de visitas": los días, horarios, vacaciones y fiestas que los hijos pasan con el progenitor con el que no conviven. Puede acordarse en un plan de parentalidad y homologarse, o fijarlo el juez si no hay acuerdo. Cuando hay violencia, el régimen puede suspenderse o realizarse con supervisión.
Medidas de protección por violencia →03
Cuando el otro progenitor impide u obstaculiza el contacto, se pueden pedir medidas judiciales para restablecerlo de inmediato. Además, impedir el contacto de los hijos con el progenitor no conviviente puede constituir un delito (Ley 24.270). Acá mi experiencia en lo penal suma: sé cuándo y cómo conviene usar esa vía.
04
Los viajes al exterior, el cambio de residencia, la elección del colegio o decisiones importantes de salud requieren, en muchos casos, el acuerdo de ambos progenitores. Si el otro se niega sin un motivo válido, se puede pedir la autorización al juez.
05
En los casos más graves, la ley permite privar a un progenitor de la responsabilidad parental: por ejemplo, cuando abandonó al hijo, puso en peligro su salud o su seguridad, o cometió un delito grave contra él o contra el otro progenitor. También puede suspenderse su ejercicio en determinadas situaciones, como una condena prolongada. Son medidas excepcionales, que se analizan con rigor y siempre en función del interés de los chicos. Muchas de estas causales nacen de una causa penal, y ahí la mirada penal es decisiva.
Qué conviene hacer
Con los chicos siempre en el centro.
Esta información es orientativa y de carácter general. Cada caso requiere un análisis particular.
Preguntas frecuentes
Ya no con ese nombre: hoy se llama cuidado personal, y la regla es que sea compartido.
Lo decide el juez según el interés superior de los hijos: su vínculo con cada progenitor, su rutina, su escuela y su opinión, de acuerdo con su edad y madurez.
No. Se necesita la autorización del otro progenitor o, si se niega sin motivo, una autorización judicial.
Si la mudanza afecta el contacto con el otro progenitor, conviene acordarla o pedir autorización judicial. Hacerlo de manera unilateral puede tener consecuencias en el cuidado personal.
No. Son cuestiones separadas: el incumplimiento de la cuota se reclama por su vía. Alimentos →
Sí. Tienen derecho a ser escuchados, y su opinión se tiene en cuenta según su edad y su grado de madurez.
Atención en CABA, Justicia Nacional y Fuero Federal.
Dejame tu consulta
Contame brevemente tu situación y me comunico a la brevedad, con la confidencialidad que el caso requiere.