Pedir ayuda es el primer paso. Del resto me ocupo yo: la denuncia, tu protección y el trámite de las causas.
Si estás en peligro ahora, llamá al 911. La línea 144 brinda contención y orientación las 24 horas.
Denunciar, obtener protección y lograr que la causa avance son tres cosas distintas, y cada una tiene sus propios tiempos y requisitos. Te acompaño en todas: desde la denuncia y las medidas urgentes en sede familiar hasta la querella en sede penal.
El asesoramiento a la hora de aportar la prueba puede ser la clave para lograr que las medidas de protección se concedan sin demora.
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La denuncia es la base de todo lo que viene después. Un relato ordenado, con fechas, hechos concretos y la prueba identificada desde el primer momento, facilita el dictado de las medidas y evita tener que reconstruir todo más adelante. Te acompaño en la presentación, ante la Oficina de Violencia Doméstica, la fiscalía o el juzgado, y en la producción de las medidas de prueba: mensajes, audios, fotografías, certificados médicos y testigos.
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La ley permite solicitar medidas de protección urgentes, que el juzgado puede dictar de inmediato. Entre ellas:
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Cuando los hechos constituyen delito (lesiones, amenazas, abuso, daños o el incumplimiento de una medida de protección), podés constituirte como parte querellante. Eso te permite proponer prueba, controlar la investigación, impulsar el proceso y recurrir si la causa se archiva o se cierra sin fundamento. No es lo mismo ser una testigo más que ser parte.
Qué conviene hacer
Pasos simples que después hacen la diferencia.
Esta información es orientativa y de carácter general. Cada situación requiere un análisis particular.
Preguntas frecuentes
No es obligatorio: podés denunciar directamente. Pero con asesoramiento desde el inicio, la denuncia se presenta con la prueba organizada y se piden las medidas adecuadas a tu situación, lo que suele acelerar la respuesta.
Por su naturaleza urgente, pueden dictarse de inmediato, sin escuchar previamente a la persona denunciada. La rapidez depende en buena medida de cómo se presente el pedido.
Hay que denunciarlo en el momento. El incumplimiento de una medida judicial puede constituir un delito (desobediencia) y permite pedir medidas más severas.
Sí. La cuota alimentaria y el cuidado provisorio de los hijos pueden solicitarse como medidas urgentes, junto con las de protección.
Ser parte en la causa penal, con abogado propio. Te permite proponer prueba, participar de las audiencias y recurrir las decisiones, en lugar de depender solo de la fiscalía.
La ley procura evitar que tengas que repetir tu relato innecesariamente. Parte del acompañamiento es cuidar que el proceso no te exponga más de lo imprescindible.
Atención en CABA, Justicia Nacional y Fuero Federal.
Dejame tu consulta
Contame brevemente tu situación y me comunico a la brevedad, con la confidencialidad que el caso requiere.
Si no es seguro que te llame o te escriba, indicalo en el mensaje y te contacto por el medio y en el horario que prefieras.