Análisis de la denuncia
Estudio del relato, de su verosimilitud y de la prueba que efectivamente lo respalda. Una imputación sin sustento probatorio debe ser señalada como tal.
¿Te denunciaron por un hecho que no cometiste? No permanezcas pasivo. Eso puede ser la antesala de una imputación formal.
De la denuncia a la persecución penal
Recibir una denuncia penal por un hecho que no cometiste es una situación sumamente angustiante. Y por lo general, a esa simple denuncia le sobreviene un proceso de persecución penal en tu contra.
La presunción de inocencia (art. 18 de la Constitución Nacional) debería ser el punto de partida de todo proceso. Sin embargo, en este tipo de causas, especialmente cuando se invoca un contexto de violencia de género, esa garantía tiende a verse debilitada en los hechos.
A eso se suma un problema probatorio central: la materialidad del hecho puede ser tenida por probada a partir de meras declaraciones en tu contra, con escasísimos elementos independientes que las respalden.
El proceso, además, avanza rápido. En muchos casos se dictan medidas cautelares de inmediato: restricciones de acercamiento, exclusión del hogar, prohibiciones de contacto. Medidas que impactan en tu vida cotidiana —tu casa, tu trabajo, el contacto con tus hijos— antes de que hayas tenido una oportunidad real de ser escuchado.
El resultado es una aparente relajación del estándar probatorio exigido para arribar a una condena. Frente a ese escenario, la defensa no puede permanecer indiferente.
Por eso, si fuiste denunciado, mi propuesta es una defensa estratégica y activa: controlar la prueba desde el inicio, señalar cada insuficiencia, preservar los elementos que respaldan tu versión y no permitir que la causa vaya en un único sentido.
Si te denunciaron
Lo que hacés en los primeros días puede condicionar toda la causa.
Esta información es orientativa y de carácter general. Cada causa tiene particularidades que solo pueden evaluarse con el expediente a la vista.
Cómo trabajo estas causas
Defensa activa en cada etapa, desde la denuncia hasta la resolución.
Estudio del relato, de su verosimilitud y de la prueba que efectivamente lo respalda. Una imputación sin sustento probatorio debe ser señalada como tal.
Planteos frente a restricciones de acercamiento y exclusiones del hogar: revisión, apelación y pedidos de cese cuando no hay fundamento que las sostenga.
Resguardo inmediato de mensajes, registros, comunicaciones y testigos que respalden tu versión, antes de que se pierdan.
Preparación de la estrategia antes de la citación, evaluando la conveniencia procesal de declarar o de abstenerse.
Impulso de los planteos que corresponden para que la causa no se prolongue indefinidamente sin prueba que la sostenga.
Evaluación, una vez resuelta la causa, de las acciones disponibles frente a quien denunció falsamente (arts. 109, 110 y 245 del Código Penal).
Preguntas frecuentes
No necesariamente. Una denuncia da inicio a una investigación, pero no implica por sí sola que se te haya imputado formalmente un delito ni, mucho menos, que se haya probado algo. Son etapas distintas del proceso.
Las medidas de protección pueden dictarse de manera urgente y sin escuchar previamente a la persona denunciada. Eso no las vuelve incuestionables: pueden revisarse, apelarse y pedirse su cese, y para eso hay que actuar rápido.
En términos jurídicos, esa declaración es un elemento de prueba más, que debe valorarse junto con el resto y contrastarse con elementos independientes. En la práctica, sin embargo, es frecuente que se le asigne un peso decisivo. Discutir esa valoración —su coherencia, su verosimilitud y su respaldo probatorio— es una de las tareas centrales de la defensa.
No es tu obligación probarlo: la carga de la prueba está en la acusación. La defensa trabaja demostrando la insuficiencia o la inconsistencia de la prueba de cargo, y aportando los elementos que respaldan tu versión.
Según el caso, pueden existir acciones por calumnias (art. 109), injurias (art. 110) o falsa denuncia (art. 245 del Código Penal). Conviene evaluarlo una vez resuelta la causa principal.
Cuanto antes. Idealmente antes de declarar, antes de responder una citación y antes de tomar cualquier decisión sobre una medida cautelar ya dictada.
Atención en CABA, Justicia Nacional y Fuero Federal.
Dejame tu consulta
Contame brevemente tu situación y me comunico a la brevedad, con la confidencialidad que el caso requiere.