Defensa penal ante
falsas denuncias

¿Te denunciaron por un hecho que no cometiste? No permanezcas pasivo. Eso puede ser la antesala de una imputación formal.

De la denuncia a la persecución penal

Recibir una denuncia penal por un hecho que no cometiste es una situación sumamente angustiante. Y por lo general, a esa simple denuncia le sobreviene un proceso de persecución penal en tu contra.

La presunción de inocencia (art. 18 de la Constitución Nacional) debería ser el punto de partida de todo proceso. Sin embargo, en este tipo de causas, especialmente cuando se invoca un contexto de violencia de género, esa garantía tiende a verse debilitada en los hechos.

A eso se suma un problema probatorio central: la materialidad del hecho puede ser tenida por probada a partir de meras declaraciones en tu contra, con escasísimos elementos independientes que las respalden.

El proceso, además, avanza rápido. En muchos casos se dictan medidas cautelares de inmediato: restricciones de acercamiento, exclusión del hogar, prohibiciones de contacto. Medidas que impactan en tu vida cotidiana —tu casa, tu trabajo, el contacto con tus hijos— antes de que hayas tenido una oportunidad real de ser escuchado.

El resultado es una aparente relajación del estándar probatorio exigido para arribar a una condena. Frente a ese escenario, la defensa no puede permanecer indiferente.

Por eso, si fuiste denunciado, mi propuesta es una defensa estratégica y activa: controlar la prueba desde el inicio, señalar cada insuficiencia, preservar los elementos que respaldan tu versión y no permitir que la causa vaya en un único sentido.

Si te denunciaron

Lo que hacés en los primeros días puede condicionar toda la causa.

Qué conviene evitar

  • Contactar a quien te denunció, por cualquier vía o a través de terceros. Aunque tu intención sea aclarar la situación, puede configurar un nuevo delito.
  • Incumplir una medida cautelar, aunque te parezca injusta o desproporcionada. Se discute jurídicamente, nunca de hecho.
  • Borrar chats, mensajes o registros. Suelen ser la prueba que juega a tu favor: preservalos íntegros, sin editar.
  • Declarar o dar explicaciones sin abogado, ni ante la policía ni ante la fiscalía.
  • Publicar sobre el caso en redes sociales o comentarlo en grupos de mensajería.
  • Dejar pasar los plazos esperando que la causa se archive sola.

Esta información es orientativa y de carácter general. Cada causa tiene particularidades que solo pueden evaluarse con el expediente a la vista.

Cómo trabajo estas causas

Defensa activa en cada etapa, desde la denuncia hasta la resolución.

Análisis de la denuncia

Estudio del relato, de su verosimilitud y de la prueba que efectivamente lo respalda. Una imputación sin sustento probatorio debe ser señalada como tal.

Medidas cautelares

Planteos frente a restricciones de acercamiento y exclusiones del hogar: revisión, apelación y pedidos de cese cuando no hay fundamento que las sostenga.

Preservación de prueba

Resguardo inmediato de mensajes, registros, comunicaciones y testigos que respalden tu versión, antes de que se pierdan.

Declaración indagatoria

Preparación de la estrategia antes de la citación, evaluando la conveniencia procesal de declarar o de abstenerse.

Sobreseimiento y falta de mérito

Impulso de los planteos que corresponden para que la causa no se prolongue indefinidamente sin prueba que la sostenga.

Acciones posteriores

Evaluación, una vez resuelta la causa, de las acciones disponibles frente a quien denunció falsamente (arts. 109, 110 y 245 del Código Penal).

Preguntas frecuentes

¿Que me hayan denunciado significa que estoy imputado?

No necesariamente. Una denuncia da inicio a una investigación, pero no implica por sí sola que se te haya imputado formalmente un delito ni, mucho menos, que se haya probado algo. Son etapas distintas del proceso.

Me dictaron una restricción de acercamiento sin escucharme. ¿Es legal?

Las medidas de protección pueden dictarse de manera urgente y sin escuchar previamente a la persona denunciada. Eso no las vuelve incuestionables: pueden revisarse, apelarse y pedirse su cese, y para eso hay que actuar rápido.

¿Alcanza con la sola declaración de quien denuncia?

En términos jurídicos, esa declaración es un elemento de prueba más, que debe valorarse junto con el resto y contrastarse con elementos independientes. En la práctica, sin embargo, es frecuente que se le asigne un peso decisivo. Discutir esa valoración —su coherencia, su verosimilitud y su respaldo probatorio— es una de las tareas centrales de la defensa.

¿Cómo se prueba que un hecho no ocurrió?

No es tu obligación probarlo: la carga de la prueba está en la acusación. La defensa trabaja demostrando la insuficiencia o la inconsistencia de la prueba de cargo, y aportando los elementos que respaldan tu versión.

¿Puedo hacer algo contra quien me denunció falsamente?

Según el caso, pueden existir acciones por calumnias (art. 109), injurias (art. 110) o falsa denuncia (art. 245 del Código Penal). Conviene evaluarlo una vez resuelta la causa principal.

¿Cuándo conviene consultar a un abogado?

Cuanto antes. Idealmente antes de declarar, antes de responder una citación y antes de tomar cualquier decisión sobre una medida cautelar ya dictada.

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