Desalojos

¿Tu inquilino dejó de pagar, no se va al vencer el contrato o te ocuparon una propiedad? Te ayudo a recuperar tu inmueble por la vía más rápida, civil o penal.

Recuperar un inmueble ocupado exige elegir bien el camino desde el principio. No es lo mismo un inquilino que dejó de pagar que un intruso que entró sin permiso. En el primer caso corresponde el desalojo civil; en el segundo puede haber además un delito de usurpación, con una vía penal que permite pedir la restitución inmediata del inmueble.

01

Falta de pago

Se intima formalmente al inquilino a pagar y, si no regulariza, se inicia el desalojo. En paralelo, se reclaman los alquileres adeudados al inquilino y a sus garantes.

02

Vencimiento del contrato

Si el contrato terminó y el inquilino no devuelve el inmueble, corresponde el desalojo. En determinados casos se puede pedir la entrega anticipada del inmueble, sin esperar a la sentencia final.

03

Ocupantes sin contrato

El familiar o conocido al que le prestaste la vivienda y no la devuelve, o quien la ocupa sin ningún título. Se lo intima a restituirla y, si no lo hace, se inicia el desalojo.

04

Usurpación

Cuando alguien ingresó a tu propiedad con violencia, amenazas, engaño o a escondidas, además del desalojo hay un delito de usurpación (art. 181 del Código Penal). Con la denuncia penal se puede pedir la restitución inmediata del inmueble mientras se investiga, que suele ser mucho más rápida que la vía civil. Acá mi experiencia en lo penal es determinante.

Qué conviene hacer

Y, sobre todo, qué no hacer por tu cuenta.

  • No cambiar la cerradura ni sacar las cosas del ocupante por tu cuenta.Aunque la propiedad sea tuya, hacerlo puede generarte una denuncia en tu contra.
  • No cortar los servicios para forzar la salida.Tiene el mismo riesgo y no acelera nada.
  • Intimar por carta documento.Es el primer paso formal y deja constancia del reclamo.
  • Reunir la documentación.Título de propiedad, contrato, recibos y comunicaciones con el ocupante.
  • Si te usurparon, denunciar de inmediato.En la usurpación, el tiempo juega en contra.
  • Si aceptás pagos parciales, que sea con recibo.Aclarando que no renunciás a reclamar el resto ni a seguir con el desalojo.

Esta información es orientativa y de carácter general. Cada caso requiere un análisis particular.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un desalojo?

Depende del motivo y de si el ocupante se defiende. Hay herramientas para acelerarlo, como la entrega anticipada del inmueble o, en la usurpación, la restitución por la vía penal.

¿Puedo sacar al inquilino por mi cuenta?

No. Aunque tengas razón, el desalojo tiene que ser judicial. Hacerlo por la fuerza puede volverse en tu contra.

¿Qué hago si me ocuparon una propiedad?

Hacer la denuncia penal cuanto antes y pedir la restitución inmediata del inmueble. Cuanto más tiempo pasa, más difícil se vuelve.

¿Puedo cobrar los alquileres que me deben?

Sí, al inquilino y a sus garantes, en paralelo con el desalojo.

Le presté la casa a un familiar y no se quiere ir. ¿Qué hago?

Se lo intima formalmente a devolverla y, si no lo hace, se inicia el desalojo. Que sea un familiar no le da derecho a quedarse.

¿Se puede desalojar si viven menores en el inmueble?

Sí. La presencia de menores no impide el desalojo, aunque el juez da intervención al Ministerio Público y puede ajustar los plazos.

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Atención en CABA, Justicia Nacional y Fuero Federal.

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